La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), conocida comúnmente como Ley Antilavado, impone obligaciones a instituciones financieras como casas de bolsa, notarios, agencias automotrices e inmobiliarias, entre otros prestadores de bienes y servicios. En Wiggot te explicamos los puntos clave y cómo afecta las transacciones en bienes raíces.

¿De qué se trata?

Desde el año 2013, en México entró en vigor esta Ley Federal con el objetivo de prevenir y detectar actos u operaciones que involucraran recursos de procedencia ilegal. El Reglamento de dicha Ley y las Reglas Generales emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) fue publicado en línea para consulta del público en general.

La Ley Antilavado impone a los particulares la obligación de informar a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), dependiente de la SHCP, sobre actividades consideradas como “vulnerables”. Además, es también responsabilidad de los individuos obligados verificar y recabar información de los sujetos con quienes realizan tales operaciones, con el fin de identificar a los responsables de actos ilícitos.

¿Cuáles son los puntos principales?

1. Entre las primeras actividades que deben realizar las personas morales se encuentra el designar un oficial de cumplimiento. De no hacerlo, las autoridades pueden considerar como responsables por el incumplimiento de las disposiciones de la Ley a los consejeros y administradores de la empresa.

Además, es necesario confirmar con precisión qué actividades son consideradas “vulnerables” y reportables ante la autoridad competente, en este caso la Unidad de Inteligencia Financiera de la SHCP.

2. Algunas actividades “vulnerables” que conciernen al sector inmobiliario en el artículo 17 de la Ley son las siguientes:

-El ofrecimiento habitual o profesional de operaciones de garantía, otorgamiento de préstamos o créditos con o sin garantía, cuando no sean realizados por entidades financieras.

-La prestación de servicios de construcción, desarrollo de bienes inmuebles, o de intermediación en la transmisión de la propiedad en los que se involucren operaciones de compra o venta a favor de clientes de quienes presten dichos servicios.

-La prestación de servicios profesionales independientes a un cliente con el que no se tiene relación laboral, cuando se preparen o se lleven a cabo en su nombre y representación ciertos tipos de operaciones; como la compraventa de una propiedad.

 -La constitución de derechos personales de uso o goce de bienes inmuebles

-Ciertas actividades realizadas por corredores o notarios públicos en nombre de terceras personas.

3.  La Ley limita el uso de efectivo, la cantidad máxima para una compra son 678,032 pesos y 271,212 pesos para arrendamiento de propiedades, asi como compraventa de vehículos (aéreos, marítimos y terrestres), relojes, joyería, piedras preciosas, obras de arte, acciones de la bolsa, concursos y sorteos, por mencionar algunos.

Se estima que el lavado de dinero equivale a alrededor de 1.6 billones de dólares, es decir el 2.7% del PIB mundial, de acuerdo con el Panel sobre Responsabilidad, Transparencia e Integridad Financiera Internacional (FACTI, por su sigla en inglés). Esta Ley Antilavado pretende disminuir los fraudes y proteger mejor a las personas que desean comprar una propiedad y los profesionales involucrados en el sector inmobiliario.

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