El 12 de mayo, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las nuevas reglas de operación, derivadas de la reforma al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), que tienen como propósito propiciar mayor inclusión financiera, así como brindar mayor libertar a los derechohabientes al decidir el destino de su hipoteca, como optar por comprar un terreno para autoproducción de vivienda o ampliar una propia.

Uno de los objetivos de la reforma al Infonavit es incrementar el número de financiamientos otorgados a derechohabientes, pues se proyecta incrementar un 18% la colocación actual de créditos. Por estas razones es importante que comiences a familiarizarte con las nuevas reglas y condiciones. 

Para ello te decimos cuáles son los requisitos que solicita el Instituto para tramitar un crédito para autoproducción y ampliación de vivienda.

Requisitos para autoproducción de vivienda

Estos son los documentos que deben acompañar a la solicitud de crédito, sin importar el destino que decida el derechohabiente:

  • Identificación oficial (original y copia).
  • Comprobante de domicilio.
  • Acta de nacimiento (original y copia).
  • En su caso, comprobante del pago de ahorro voluntario.
  • Constancia de participación de un taller de orientación institucional.
  • Formato de Autorización de Consulta a Sociedades de Información Crediticia.
  • Declaración escrita en la que el derechohabiente manifieste que el monto del crédito se destinará a la adquisición de una propiedad.

Ahora bien, además de los requisitos señalados, dependiendo del destino del crédito el derechohabiente deberá de presentar la siguiente documentación, según el caso:

Línea de crédito para la adquisición en propiedad de vivienda o suelo que sea destinado a vivienda

  • Documentación que acredite la propiedad del vendedor sobre el inmueble, mediante datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad.
  • El compromiso por escrito del vendedor de sostener su oferta de venta por lo menos durante el plazo que se otorgue al derechohabiente para ejercer la constancia de crédito.
  • Avalúo vigente expedido que conste las características y el valor del inmueble.
  • Un escrito en el que manifieste que con plena libertad es su deseo adquirir el inmueble elegido.
  • Documentación que acredite que el inmueble está libre de adeudos fiscales, al momento de la formalización del crédito respectivo.
  • Los requerimientos adicionales establecidos por la legislación local del lugar donde se ubique el inmueble.

Línea de crédito para autoproducción, y para remodelación, ampliación o mejora de vivienda.

  • Avalúo vigente.
  • Los formatos en los que se señale el proyecto, presupuesto, especificaciones, licencias y permisos, programa de obra y calendario de pagos de la obra a ejecutar, elaborada de conformidad con la normatividad técnica del Infonavit.
  • El contrato de obra a precio alzado, que celebran el derechohabiente y el constructor, en el que se establezcan las condiciones y términos en que se llevará a cabo la obra.

En caso de autoproducción, el Instituto podrá eximir dicho contrato, conforme a las Reglas de Negocio que se defina en cada modalidad.

Si se tratan de créditos con garantía hipotecaria, presentar:

  • Título de propiedad inscrito en el Registro Público de la Propiedad, en la que se conste que la persona con quien vaya a ser copropietario, según corresponda, sea propietario del terreno en que se llevará a cabo la construcción, autoproducción, remodelación, ampliación o mejora. Si solo cuenta con los derechos fideicomisarios del inmueble, el derechohabiente podrá presentar la documentación que lo compruebe.
  • Documentación que acredite el inmueble no presenta adeudo de impuesto predial y de los derechos por consumo de agua.

En caso de créditos sin garantía hipotecaria:

  • Presentar el documento que acredite la propiedad o tenencia del terreno destinado a la construcción, autoproducción o de la vivienda sujeta a remodelación, mejora o ampliación.

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