Como todo agente inmobiliario sabe, el Certificado de Libertad de Gravamen (CLG) es un documento de gran importancia que revela a situación actual en la que se encuentra una propiedad. Además de considerarse un requisito indispensable para el trámite de un crédito hipotecario.

El gravamen se puede definir como la obligación, impuesto o tributo que se aplica a un inmueble o un bien y al uso que se hace de éstos. En el ámbito tributario, determina la cantidad o porcentaje que se aplica a una base liquidable y que da como resultado la cuota a pagar sobre un impuesto que puede ser de tasa fija o variable.

Al momento de tramitar un crédito, las financieras o los bancos piden al aspirante el Certificado de Libertad de Gravamen para hacer constar que la propiedad adquirida no cuenta con deudas y está libre de todo problema legal con Hacienda o alguna institución financiera, según la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios (AMPI).

Este documento oficial que comprueba la pertenencia y legalidad de un inmueble debe tramitarse en la Dirección del Registro Público de la propiedad de tu ciudad. Sin él, tu cliente no podrá constar la certificación de su adquisición ante la ley.

Para sacar el CLG se toman en cuenta los siguientes aspectos:    

– El porcentaje de gravamen se incluye en el contrato de compraventa de una propiedad.

– Se determina el método de adquisición de la vivienda.

– Se presentan los documentos solicitados por la autoridad que son la solicitud de certificado de libertad, el comprobante de pago, el nombre del titular de la propiedad y sus datos generales, así como el folio y antecedentes de registro (en caso de no ser una propiedad nueva).

 – Sólo cuando se recibe el documento es cuando se puede finalizar el contrato de compraventa de inmueble.

El certificado será entregado en 3 o 4 días hábiles y se podrá presentar como comprobante de no adeudo para certificar que al nuevo dueño de la propiedad adquirida pues finaliza el proceso inmobiliario entre la agencia y las partes interesadas para firmar el contrato de propiedad.

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